En Cuota & Rioja hemos comprobado que muchas personas tienen cláusula suelo y no reclaman por miedo a los costes judiciales, o porque el Banco les ha hecho firmar documentación complementaria y piensan que ya no pueden reclamar o simplemente porque no saben que tienen derecho a la devolución de las cantidades que han pagado de más. Si el juzgado declara su cláusula suelo como abusiva:
El Tribunal Supremo considera que la falta de información sobre la cláusula permite que Empresas, autónomos y profesionales puedan reclamar ya que no es suficiente que la cláusula sea clara, sino que además se exige que se el prestatario haya tenido conocimiento de la misma.
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Preguntas Frecuentes
¿Qué es la cláusula del suelo?
Se trata de una cláusula que establece un mínimo a pagar en las cuotas de la hipoteca aunque los intereses ordinarios que se han acordado con la entidad financiera estén por debajo.La mayoría de hipotecas que se suscriben en España tienen un tipo de interés que se fija en función de un tipo de referencia, sobre todo se aplica el valor del Euribor, más un diferencial que varía en función de la entidad.
Así, se conoce como suelo de la hipoteca aquel que fija un porcentaje mínimo aunque el interés surgido de la suma del Euribor y el diferencial sea inferior.
También se le llama suelo hipotecario cuando se establece un porcentaje mínimo al Euribor aunque su valor en el mercado sea otro.
En definitiva, es una cláusula que impide beneficiarse de la bajada de tipos de interés.
¿Cómo sé si mi hipoteca tiene suelo?
La aplicación de la cláusula aparece en la escritura del préstamo hipotecario.
Se suele identificar bajo epígrafes con títulos como “límites a la aplicación del interés variable”, “límite de la variabilidad” o “tipo de interés variable”.
Son cinco o seis líneas en las que se establece que el interés nunca podrá ser inferior, en el caso del suelo, o superior, en el caso del techo, a un porcentaje determinado.
¿Por qué la cláusula suelo es abusiva?
Es una cláusula que protege al Banco frente a escenarios de bajadas de tipos de interés en los préstamos, pero que NO protege al cliente frente a escenarios alcistas de tipos de interés.
¿Qué características ha de reunir la cláusula suelo para que sea nula?
a) Falta información suficientemente clara de que se trata de un elemento definitorio del objeto principal del contrato.
b) Que se encuentren insertas de forma conjunta con las cláusulas techo y como aparente contraprestación de las mismas.
c) No existan simulaciones de escenarios diversos relacionados con el comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés en el momento de contratar.
d) No haya información previa clara y comprensible sobre el coste comparativo con otras modalidades de préstamo de la propia entidad -caso de existir- o advertencia de que al concreto perfil de cliente no se le ofertan las mismas.
e) Ubicación entre una abrumadora cantidad de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del consumidor.
Nulidad de los gastos de la hipoteca
La cláusula por la que se declaran de cargo de la parte prestataria determinados gastos.
- Aranceles notariales y registrales. Gastos de tramitación
- Tributos que graven el préstamo hipotecario.
Es abusiva , y por ende procede declarar la nulidad de la misma , significa que se podrá reclamar al banco la devolución de las cantidades que en su día se abonaron para el pago de los gastos de notario, registro, o las cuotas del impuesto.
Es una cláusula que protege al Banco frente a escenarios de bajadas de tipos de interés en los préstamos, pero que NO protege al cliente frente a escenarios alcistas de tipos de interés.
Procedimiento:
Intento de solución sin pasar por el juzgado.
En caso de que no haya otra solución, interposición de la correspondiente demanda.
Solicitud inmediata de la suspensión de la aplicación de la cláusula mientras dure el proceso.