En teoría, este impuesto grava la revalorización de los inmuebles cuando son vendidos, pero en la práctica es abonado siempre, aunque hayan bajado su valor.
El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado la plusvalía municipal en los casos en los que hay pérdidas de los inmuebles transmitidos. El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (conocido popularmente como plusvalía municipal) grava la revalorización del terreno de un inmueble cuando este se vende, pero en la práctica es abonado casi siempre, incluso cuando pierde valor.
La sentencia no tiene efectos sobre los contribuyentes que hayan pagado o deban afrontar la plusvalía municipal si su vivienda ha aumentado de valor.
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Por Cuota&Rioja | febrero 17, 2017| Actualidad
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